+Artículo 28 4)
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Artículo 28 4)
si se han previsto mecanismos adecuados para la transferencia de pérdidas de otras sociedades del grupo a las personas jurídicas a las que vayan a aplicarse los instrumentos de resolución, incluida, en su caso, una evaluación del importe y la capacidad de absorción de pérdidas de la financiación intragrupo.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
- Builddate: 08.07.2016 00:00:00 -Doknr: CELEX:32016R1075
- EULAW_BG -
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