+Artículo 27ter Requisito de autorización
---+Artículo 27ter 1.
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Artículo 27ter Requisito de autorización

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 27ter 1.
La gestión de un APA, un PIC o un SIA como profesión o actividad habitual estará sujeta a la autorización previa de la AEVM, de conformidad con el presente título.

No obstante lo dispuesto en el párrafo primero del presente apartado, los APA o los SIA identificados conforme al acto delegado a que se refiere el artículo 2, apartado 3, estarán sujetos a la autorización previa y la supervisión de la autoridad nacional competente pertinente de conformidad con el presente título.

Artículo 27ter 2.
Una empresa de servicios de inversión o un organismo rector del mercado que gestione un centro de negociación podrá prestar también los servicios de un APA, un PIC o un SIA, previa verificación por la AEVM o la autoridad nacional competente pertinente que la empresa de servicios de inversión o el organismo rector del mercado cumple lo dispuesto en el presente título. La prestación de esos servicios se incluirá en su autorización.
Artículo 27ter 3.
La AEVM elaborará un registro de todos los proveedores de servicios de suministro de datos de la Unión. El registro será público, contendrá información sobre los servicios respecto a los cuales esté autorizado el proveedor de servicios de suministro de datos y se actualizará de manera periódica.

Cuando la AEVM o, cuando proceda, una autoridad nacional competente, haya retirado una autorización de conformidad con el artículo 27 sexies, dicha retirada se publicará en el registro durante un período de cinco años.

Artículo 27ter 4.
Los proveedores de servicios de suministro de datos prestarán sus servicios bajo la supervisión de la AEVM o, cuando proceda, la autoridad nacional competente. La AEVM o, cuando proceda, la autoridad nacional competente, revisará periódicamente el cumplimiento de lo dispuesto en el presente título por los proveedores de servicios de suministro de datos. La AEVM o, cuando proceda, la autoridad nacional competente, verificará que los proveedores de servicios de suministro de datos cumplan en todo momento las condiciones de la autorización inicial establecidas en el presente título.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 23.11.2025 00:00:00 -Doknr: CELEX:32014R0600
  • EULAW_CS -

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