+Artículo 56 1

Artículo 56 1

1.   Los colegios de autoridades de resolución celebrarán al menos una reunión presencial al año. La autoridad de resolución a nivel de grupo, con el consentimiento de todos los miembros del colegio y teniendo en cuenta las especificidades del grupo, podrá determinar una periodicidad diferente de las reuniones presenciales del colegio de autoridades de resolución.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito
  • Builddate: 08.07.2016 00:00:00 -Doknr: CELEX:32016R1075
  • EULAW_DE -

    EULAW_DE