+Artículo 14 3.
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Artículo 14 3.
Cuando se cancele la oferta pública de un criptoactivo, distinto de una ficha referenciada a activos o una ficha de dinero electrónico, los oferentes de dicho criptoactivo se asegurarán de que los fondos obtenidos de los titulares o potenciales titulares les sean debidamente reembolsados a más tardar 25 días naturales después de la fecha de cancelación.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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