+Artículo 15 3.
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Artículo 15 3.
Cuando el operador de la plataforma de negociación elabore el libro blanco de criptoactivos y las comunicaciones publicitarias de conformidad con el artículo 5, apartado 3, la persona que solicite la admisión a negociación también será responsable en caso de que facilite información que no sea completa, imparcial o clara o que sea engañosa al operador de la plataforma de negociación.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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