+Artículo 22 3.
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Artículo 22 3.
Los proveedores de servicios de criptoactivos que presten servicios relacionados con fichas referenciadas a activos proporcionarán al emisor de la ficha referenciada a activos la información necesaria para elaborar el informe mencionado en el apartado 1, también mediante informes sobre las operaciones fuera del registro distribuido.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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