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+Artículo 32 2. |
Artículo 32 2.Los emisores de fichas referenciadas a activos tomarán, en particular, todas las medidas adecuadas para detectar, prevenir, gestionar y comunicar los conflictos de intereses derivados de la gestión e inversión de la reserva de activos a que se refiere el artículo 36.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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