+Artículo 82 2.
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Artículo 82 2.
La AEVM, en estrecha colaboración con la ABE, emitirá directrices de conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) n.o 1095/2010 para los proveedores de servicios de criptoactivos que presten servicios de transferencia de criptoactivos por cuenta de clientes en lo que respecta a los procedimientos y políticas, incluidos los derechos de los clientes, en el contexto de los servicios de transferencia de criptoactivos.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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