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+Artículo 105 2. |
Artículo 105 2.Una autoridad competente solo adoptará una medida en virtud del apartado 1 si tiene motivos fundados para considerar que:
a)
un criptoactivo plantea problemas significativos de protección de los inversores o supone una amenaza para el correcto funcionamiento y la integridad de los mercados de criptoactivos o para la estabilidad de la totalidad o de parte del sistema financiero en al menos un Estado miembro;
b)
los requisitos reglamentarios en vigor con arreglo al Derecho de la Unión aplicables al criptoactivo o servicio de criptoactivos de que se trate no constituyen una respuesta suficiente a los riesgos mencionados en la letra a) y el problema no se resolvería mejor mediante una mayor supervisión o una aplicación más estricta de los requisitos vigentes;
c)
la medida es proporcionada habida cuenta de la naturaleza de los riesgos observados, del nivel de sofisticación de los inversores o participantes en el mercado afectados y del efecto probable de la medida en los inversores y los participantes en el mercado que puedan ser titulares, usuarios o beneficiarios del criptoactivo o servicio de criptoactivos de que se trate;
d)
la autoridad competente ha consultado adecuadamente a las autoridades competentes de otros Estados miembros que puedan verse afectados de forma significativa por la medida, y
e)
la medida no tiene un efecto discriminatorio sobre los servicios o actividades de otro Estado miembro. Cuando se cumplan las condiciones establecidas en el párrafo primero del presente apartado, la autoridad competente podrá imponer la prohibición o restricción a que se refiere el apartado 1 con carácter preventivo antes de que un criptoactivo se comercialice, distribuya o venda a los clientes. La autoridad competente podrá decidir aplicar la prohibición o restricción a que se refiere el apartado 1 únicamente en determinadas circunstancias o someterla a excepciones. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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