+Artículo 129 Secreto profesional

Artículo 129 Secreto profesional

Artículo 129

Secreto profesional

Estarán sometidas a la obligación de secreto profesional la ABE y todas las personas que trabajen o hayan trabajado para la ABE, así como para cualquier otra persona en la que la ABE haya delegado tareas, incluidos los auditores y expertos contratados por la ABE.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito