+Artículo 38 7.
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Artículo 38 7.
La AEVM publicará el hecho de que una autoridad competente no cumple o no tiene intención de cumplir esa directriz o recomendación. La AEVM podrá decidir, en cada caso, publicar los motivos que exponen las autoridades competentes para no cumplir esa directriz o recomendación. La publicación se notificará previamente a la autoridad competente.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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