+Artículo 38 7.

Artículo 38 7.

La AEVM publicará el hecho de que una autoridad competente no cumple o no tiene intención de cumplir esa directriz o recomendación. La AEVM podrá decidir, en cada caso, publicar los motivos que exponen las autoridades competentes para no cumplir esa directriz o recomendación. La publicación se notificará previamente a la autoridad competente.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito