+Artículo 2 1.

Artículo 2 1.

La nomenclatura NUTS subdivide el territorio económico de los Estados miembros, tal y como se define en la Decisión 91/450/CEE, en unidades territoriales. Asigna un código y un nombre específico a cada unidad territorial.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito