+Artículo 3 2.

Artículo 3 2.

Para establecer el nivel NUTS en que habrá de clasificarse una clase dada de unidades administrativas de un Estado miembro, el tamaño medio de dicha clase de unidades administrativas del Estado miembro deberá hallarse dentro de los siguientes umbrales de población:



Nivel

Mínimo

Máximo

NUTS 1

3 millones

7 millones

NUTS 2

800 000

3 millones

NUTS 3

150 000

800 000

Si la población de todo un Estado miembro está por debajo del umbral mínimo de un nivel NUTS dado, el Estado miembro completo será una unidad territorial NUTS para dicho nivel.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito