+Artículo 3 4.

Artículo 3 4.

Las unidades administrativas existentes que se utilizan para la clasificación NUTS se establecen en el anexo II. La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados de conformidad con el artículo 7 bis por los que se modifique el anexo II con arreglo a los cambios en las unidades administrativas que le haya comunicado el Estado miembro interesado, de conformidad con el artículo 5, apartado 1.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito