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+Artículo 6 Gestión |
Artículo 6 GestiónArtículo 6 Gestión La Comisión tomará las medidas necesarias para garantizar una gestión coherente de la nomenclatura NUTS. En particular, tales medidas podrán incluir:
a)
la creación y actualización de notas explicativas de la NUTS;
b)
el examen de los problemas derivados de la aplicación de la NUTS a las clasificaciones de las unidades territoriales de los Estados miembros. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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