|
+Artículo 28 2 |
Artículo 28 22. El acuerdo mencionado en el apartado 1 reflejará debidamente las funciones y relaciones respectivas que los corresponsables del tratamiento tengan respecto de los interesados. Se pondrán a disposición del interesado los aspectos esenciales del acuerdo. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|