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+Artículo 54 1 |
Artículo 54 11. El Supervisor Europeo de Protección de Datos recibirá la misma consideración que un juez del Tribunal de Justicia en cuanto a la determinación de su salario, asignaciones, pensión de jubilación y demás ventajas de carácter retributivo. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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