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+Artículo 63 3 |
Artículo 63 33. Si el Supervisor Europeo de Protección de Datos no da curso a la reclamación o no informa al interesado en el plazo de tres meses sobre el curso o el resultado de la reclamación, se entenderá que el Supervisor Europeo de Protección de Datos ha adoptado una decisión negativa. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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