+Artículo 74 3

Artículo 74 3

3.   Si se observara que se han transmitido datos personales operativos incorrectos o se han transmitido datos personales operativos ilícitamente, el hecho deberá ponerse en conocimiento del destinatario sin dilación. En tal caso, los datos personales operativos de que se trate deberán rectificarse o suprimirse, o su tratamiento deberá limitarse de conformidad con el artículo 82.

1. Resumen

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Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito