+Artículo 100 Medidas transitorias
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Artículo 100 Medidas transitorias

1. Resumen

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Título Regulación
Artículo 100 1

1.   La Decisión 2014/886/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (20) y los actuales mandatos del Supervisor Europeo de Protección de Datos y el Supervisor Adjunto no se verán afectados por el presente Reglamento.

Artículo 100 2

2.   El Supervisor Adjunto recibirá la misma consideración que el secretario del Tribunal de Justicia en cuanto a la determinación de su salario, asignaciones, pensión de jubilación y demás ventajas de carácter retributivo.

Artículo 100 3

3.   El artículo 53, apartados 4, 5 y 7, y los artículos 55 y 56 del presente Reglamento se aplicarán al actual Supervisor Adjunto hasta el final de su mandato.

Artículo 100 4

4.   El Supervisor Adjunto asistirá al Supervisor Europeo de Protección de Datos en el cumplimiento de las funciones de este último y le sustituirá en caso de ausencia o impedimento hasta el final del mandato del actual Supervisor Adjunto.

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito