+Artículo 100 Medidas transitorias
---+Artículo 100 1
---+Artículo 100 2
---+Artículo 100 3
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Artículo 100 Medidas transitorias
1. Resumen
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Regulación |
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Artículo 100 1
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1. La Decisión 2014/886/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (20) y los actuales mandatos del Supervisor Europeo de Protección de Datos y el Supervisor Adjunto no se verán afectados por el presente Reglamento.
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Artículo 100 2
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2. El Supervisor Adjunto recibirá la misma consideración que el secretario del Tribunal de Justicia en cuanto a la determinación de su salario, asignaciones, pensión de jubilación y demás ventajas de carácter retributivo.
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Artículo 100 3
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3. El artículo 53, apartados 4, 5 y 7, y los artículos 55 y 56 del presente Reglamento se aplicarán al actual Supervisor Adjunto hasta el final de su mandato.
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Artículo 100 4
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4. El Supervisor Adjunto asistirá al Supervisor Europeo de Protección de Datos en el cumplimiento de las funciones de este último y le sustituirá en caso de ausencia o impedimento hasta el final del mandato del actual Supervisor Adjunto.
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1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
| Fuente |
Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
| Fuente |
Requisito |
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