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+Artículo 6 3. |
Artículo 6 3.El coordinador europeo será elegido en el marco de un procedimiento abierto, transparente y no discriminatorio, atendiendo a la experiencia de un candidato en relación con los cometidos específicos que se le asignen para los proyectos de que se trate.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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