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+Artículo 22 Revisión |
Artículo 22 RevisiónArtículo 22 Revisión A más tardar el 30 de junio de 2027, la Comisión llevará a cabo una revisión del presente Reglamento, sobre la base de los resultados de los informes y la evaluación previstos en el artículo 21 del presente Reglamento, así como del seguimiento, notificación y evaluación llevados a cabo en virtud de los artículos 22 y 23 del Reglamento (UE) 2021/1153. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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