|
+Artículo 9 2. |
Artículo 9 2.El operador pondrá a disposición de las autoridades competentes, previa solicitud, la información, los documentos y los datos recopilados en virtud del presente artículo.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
|