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+Artículo 16 6. |
Artículo 16 6.La revisión anual de los planes por parte de las autoridades competentes se basará sistemáticamente en los resultados de los controles y en la experiencia en la aplicación de los planes a que se refiere el apartado 5, a fin de mejorar su eficacia.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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