+Artículo 8 10.

Artículo 8 10.

Los planes de resolución de grupo incluirán un plan para la resolución del grupo a que se hace referencia en el apartado 1, encabezado por la empresa matriz en la Unión establecida en un Estado miembro participante, y determinará las medidas que se deban tomar con respecto a:

a) 

la empresa matriz en la Unión;

b) 

las filiales que pertenecen al grupo y están establecidas en la Unión;

c) 

las entidades a que se refiere el artículo 2, letra b), y

d) 

a reserva de lo dispuesto en el artículo 33, las filiales que pertenecen al grupo y están establecidas fuera de la Unión.

De conformidad con las medidas a que se refiere el párrafo primero, el plan de resolución deberá especificar para cada grupo las entidades de resolución, y los grupos de resolución.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito