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+Artículo 8 10. |
Artículo 8 10.Los planes de resolución de grupo incluirán un plan para la resolución del grupo a que se hace referencia en el apartado 1, encabezado por la empresa matriz en la Unión establecida en un Estado miembro participante, y determinará las medidas que se deban tomar con respecto a:
a)
la empresa matriz en la Unión;
b)
las filiales que pertenecen al grupo y están establecidas en la Unión;
c)
las entidades a que se refiere el artículo 2, letra b), y
d)
a reserva de lo dispuesto en el artículo 33, las filiales que pertenecen al grupo y están establecidas fuera de la Unión. De conformidad con las medidas a que se refiere el párrafo primero, el plan de resolución deberá especificar para cada grupo las entidades de resolución, y los grupos de resolución. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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