+Artículo 12duodecies 7.

Artículo 12duodecies 7.

Al establecer los períodos transitorios, la Junta tendrá en cuenta:

a) 

la preponderancia de depósitos y la ausencia de instrumentos de deuda en el modelo de financiación;

b) 

el acceso a los mercados de capitales para pasivos admisibles;

c) 

si la entidad de resolución recurre a capital de nivel 1 ordinario para cumplir el requisito a que se refiere el artículo 12 septies.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito