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+Artículo 14 2. |
Artículo 14 2.Los objetivos de la resolución a que se refiere el apartado 1 son los siguientes:
a)
garantizar la continuidad de las funciones esenciales;
b)
evitar repercusiones negativas importantes sobre la estabilidad financiera, especialmente previniendo el contagio, incluidas las infraestructuras de mercado, y manteniendo la disciplina de mercado;
c)
proteger los fondos públicos minimizando la dependencia respecto de ayudas financieras públicas extraordinarias;
d)
proteger a los depositantes cubiertos por la Directiva 2014/49/UE y a los inversores cubiertos por la Directiva 97/9/CE;
e)
proteger los fondos y los activos de los clientes. Al perseguir los objetivos a que se refiere el párrafo primero, la Junta, el Consejo, la Comisión y, cuando proceda, las autoridades nacionales de resolución tratarán de minimizar el coste de la resolución y de evitar toda destrucción de riqueza que no sea necesaria para alcanzar los objetivos de la resolución. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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