+Artículo 19 4.
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Artículo 19 4.
Si la Comisión alberga serias dudas en cuanto al cumplimiento de su decisión con arreglo al apartado 3, llevará a cabo las investigaciones necesarias. Para ello, la Comisión podrá ejercer las competencias que le otorgan los reglamentos y otras medidas a que se refiere el párrafo cuarto del apartado 3, y se guiará por ellos.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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