+Artículo 45 6.

Artículo 45 6.

La Junta responderá oralmente o por escrito a las preguntas que le sean formuladas por el Parlamento Europeo o por el Consejo, según sus propios procedimientos y, en cualquier caso, en el plazo de cinco semanas a partir de la fecha de recepción de una pregunta.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito