+Artículo 51 3.

Artículo 51 3.

Además de los observadores indicados en el artículo 43, apartado 3, la Junta, si procede, podrá invitar a otros observadores a participar en las reuniones de su sesión plenaria sobre una base ad hoc, incluido un representante de la ABE.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito