+Artículo 81 3.

Artículo 81 3.

La Junta podrá decidir qué lenguas oficiales utilizar para el envío de documentos a instituciones u organismos de la Unión.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito