+Artículo 83 2.

Artículo 83 2.

La Junta adoptará, en sesión plenaria, decisiones adecuadas que establezcan normas relativas al intercambio y el envío en comisión de servicio de personal entre las autoridades nacionales de resolución y la Junta.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito