+Artículo 87 6.

Artículo 87 6.

La responsabilidad individual del personal de la Junta ante la Junta se regirá por lo dispuesto en el Estatuto de los funcionarios o el régimen que les sea aplicable.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito