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+Artículo 11 4 |
Artículo 11 44. La adopción del plan de resolución a nivel de grupo se realizará mediante una decisión conjunta, tal como se contempla en el artículo 17, de la autoridad de resolución de grupo y de las autoridades de resolución de las empresas filiales de seguros y reaseguros y de las entidades contempladas en el artículo 1, apartado 1, letras b) a e). 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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