+Artículo 19 2

Artículo 19 2

2.   Cuando una autoridad de resolución inicie una medida de resolución y hasta que dicha medida haya concluido, la autoridad de supervisión no adoptará medidas con respecto a la empresa objeto de resolución a menos que la autoridad de resolución esté de acuerdo con tales medidas.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito