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+Artículo 30 1 |
Artículo 30 11. Los Estados miembros velarán por que las autoridades de resolución tengan competencia para transmitir activos, derechos o pasivos de una empresa objeto de resolución o de una empresa puente a una o varias entidades de gestión de activos y pasivos. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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