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+Artículo 30 4 |
Artículo 30 44. Los Estados miembros velarán por que el funcionamiento de la entidad de gestión de activos y pasivos cumpla los siguientes requisitos:
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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