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+Artículo 31 4 |
Artículo 31 44. En el momento de la transmisión a que se refiere el apartado 1, los compradores deberán disponer de la autorización adecuada para llevar a cabo el negocio que adquieran. Las autoridades de supervisión velarán por que toda solicitud de autorización se estudie de manera oportuna, junto con la transmisión. 1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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