+Artículo 73 10

Artículo 73 10

10.   Las autoridades de resolución que estén de acuerdo con el dispositivo de resolución a nivel de grupo propuesto por la autoridad de resolución de grupo podrán llegar a una decisión conjunta sobre un dispositivo de resolución de grupo que abarque a las entidades de grupo en los Estados miembros de dichas autoridades de resolución, sin la participación de las autoridades de resolución que estén en desacuerdo.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito