+Artículo 74 5

Artículo 74 5

5.   Las autoridades de resolución que estén de acuerdo con el dispositivo de resolución de grupo propuesto por la autoridad de resolución a nivel de grupo podrán llegar a una decisión conjunta sobre un dispositivo de resolución de grupo que abarque a las entidades de grupo en sus respectivos Estados miembros, sin la participación de las autoridades de resolución que estén en desacuerdo.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito