+Artículo 77 d)

Artículo 77 d)

el reconocimiento o ejecución de los procedimientos de resolución del tercer país tendría consecuencias presupuestarias materiales para el Estado miembro, o

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito