+Artículo 90 3)

Artículo 90 3)

En el artículo 14, se añade el apartado siguiente:

«3.   En caso de que la entidad o grupo sea o forme parte de un conglomerado financiero, la autoridad de resolución o la autoridad de resolución a nivel de grupo también transmitirá los planes de resolución o los planes de resolución de grupo a la autoridad de resolución de seguros y a la autoridad de supervisión de seguros de que se trate.».

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito