+Artículo 16 4.

Artículo 16 4.

Antes de decidir la adopción de medidas con arreglo al presente artículo, la AESPJ notificará a las autoridades competentes las medidas que propone.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito