+Artículo 48 4.
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Artículo 48 4.
Además, en el informe se evaluará si los emisores, en particular las pymes, pueden conseguir un identificador de entidad jurídica un número internacional de identificación de valores mobiliarios a un precio y en un plazo razonables. El informe deberá tener en cuenta los resultados de la revisión inter pares a que se refiere el artículo 20, apartado 13.
1. Resumen
1.1 Referencias
1.2 Requisitos identificados
1.3 Estándares relacionados
2. Requisitos identificados
Requisitos
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Requisito |
3. Estándares relacionados
Estándares
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Requisito |
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