+Artículo 7 9.

Artículo 7 9.

La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados con arreglo al artículo 67 que completen el presente Reglamento especificando:

a) 

las causas subyacentes de los fallos en la liquidación que se consideren no atribuibles a los participantes en la operación con arreglo al apartado 3, letra a), del presente artículo, y

b) 

las circunstancias en las que las operaciones no se consideren operaciones de negociación con arreglo al apartado 3, letra b), del presente artículo.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito