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+Artículo 7 bis 5. |
Artículo 7 bis 5.Los instrumentos sujetos al proceso de recompra obligatoria quedarán disponibles para su liquidación y se entregarán al participante destinatario dentro de un plazo adecuado.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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