+Artículo 7 bis 10.

Artículo 7 bis 10.

El participante incumplidor reembolsará a la entidad que ejecute la recompra todos los importes pagados en relación con el proceso de recompra obligatoria iniciado de conformidad con el párrafo primero del apartado 4, incluidos los gastos de ejecución que puedan derivarse de la recompra. Dichos gastos se comunicarán claramente a los participantes.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito