+Artículo 13 1.

Artículo 13 1.

Las autoridades competentes, las autoridades relevantes y la AEVM se facilitarán mutuamente y sin demora indebida, previa petición, la información necesaria para el desempeño de sus funciones con arreglo al presente Reglamento.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito