+Artículo 22 bis 5.

Artículo 22 bis 5.

El DCV revisará y actualizará los planes periódicamente y, como mínimo, cada dos años. Cada actualización de los planes será remitida a la autoridad competente.

1. Resumen

,
Título Regulación

1.1 Referencias

1.2 Requisitos identificados

1.3 Estándares relacionados

2. Requisitos identificados

Requisitos
Fuente Requisito

3. Estándares relacionados

Estándares
Fuente Requisito