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+Artículo 24 bis 7. |
Artículo 24 bis 7.Una autoridad competente que no sea miembro del colegio podrá solicitar al colegio cualquier información pertinente para el desempeño de sus funciones de supervisión.
1. Resumen
1.1 Referencias1.2 Requisitos identificados1.3 Estándares relacionados2. Requisitos identificados
3. Estándares relacionados
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